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La pesca y el derecho a la alimentación en el contexto del cambio climático

Por Ángela, Sanz Ramos.

 

En el  informe que lleva a cabo el relator especial Michael Fakhri se muestra la necesidad de que se respete el derecho de quienes forman parte del sector pesquero y de los pueblos indígenas, además de dar unas pautas a los estados para que respeten los derechos humanos en el ámbito del cambio climático.

Este informe se centra en la pesca de pequeña escala, la cual es una actividad fundamental para que puedan subsistir tanto los pequeños pescadores  como los pueblos indígenas, estos se enfrentan a las grandes multinacionales que tienen por finalidad una explotación de la pesca a un ritmo superior, lo cual atrae la atención de los estados, ya que estas grandes empresas generan un beneficio mayor cuando llevan a cabo esta actividad. Sin embargo, además del daño económico que puede suponer esta actividad por parte de las grandes empresas no es el único daño que pueden causar, porque esta sobrepesca puede generar grandes daños medioambientales. Los datos acerca de la sobrepesca son alarmantes, ya que en los últimos cincuenta años esta actividad se ha triplicado tanto haciendo que no solo sea un peligro para el medio ambiente, sino también contra la seguridad alimentaria y los medios de subsistencia de millones de personas.

Los primeros en sufrir los efectos negativos de estos actos han sido los pueblos indígenas y los pequeños pescadores de zonas como el Ártico, aunque estos han sido los primeros en sufrir las consecuencias, cabe decir que existe una crisis pesquera a nivel mundial, ya que con la pandemia de COVID-19,  los pequeños pescadores apenas pudieron subsistir debido a que las restricciones de movilidad tomados por los distintos gobierno limitaban mucho la movilidad de los pescadores, que en muchas ocasiones no podían ni salir a trabajar.

Aunque pueda parecer que el papel de los pequeños pescadores y los pueblos indígenas es insignificante, porque son considerados los protectores de los ecosistemas acuáticos locales, han demostrado tener una gran capacidad de adaptación frente al cambio, y adaptarse a la época de la pandemia y a los cambios que genera el constante calentamiento global y como puede afectar a estos medios acuáticos.

Lo que se pretende en el informe que lleva a cabo el relator especial Michael Frakri es dar a los pequeños pescadores y pueblos indígenas la importancia que tienen en los ecosistemas acuáticos, importancia que no les reconocen ni las organizaciones internacionales, ni los gobiernos. Se matiza en el informe que no son lo mismo los pescadores de pequeña escala que los trabajadores del sector pesquero, una definición sobre pequeños pescadores es “pescador artesanal” como acabo de hacer referencia pequeño pescador y trabajador del sector pesquero no son lo mismo, ni tienen los mismos intereses pero a veces estos sí que coinciden porque puede pasar que un pescador artesanal no pesque para sí, sino para una empresa pesquera. La pesca a pequeña escala se caracteriza por requerir menor mano de obra que otros tipos de pesca además, de ser más respetuosa con el medio ambiente.

Con respecto a los pueblos indígenas, la pesca supone un modo de subsistir de los 476 millones de pueblos indígenas que hay en el mundo 27 millones de ellos tienen la pesca como actividad central de su alimentación, las actividades de pesca llevadas a cabo por grandes empresas pesqueras ponen en peligro que lleven a cabo esta actividad los pueblos indígenas, por lo que se pide a los gobiernos que toman medidas para ayudar a estos pueblos.

En relación, a quienes llevan a cabo las funciones de captura de la pesca varia del lugar del mundo en el que nos encontremos en algunos países no se permite la captura por parte de las mujeres permitiendo solo que lleven a cabo tareas de preparación o posteriores a la pesca, mientras que en otros países si se permiten que sean mujeres las que lleven a cabo dicha actividad. Sin embargo, su papel sigue siendo muy invisible ya que se las considera que no “trabajan” porque son amas de casa.

El derecho que se puede aplicar en este ámbito para el reconocimiento de derechos pesqueros a los pequeños pescadores y a los pueblos indígenas es la Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar, para delimitar en 12 millas el mar territorial. El Convenio sobre la Diversidad Biológica que tiene por finalidad la conservación de las tierras, aguas interiores y zonas marinas.

A modo de conclusión, la FAO lo que propone es un programa denominado “Transformación azul”  en el cual se quiere conseguir un equilibrio entre los intereses económicos  de las empresas pesqueras y el respeto de los derechos humanos de los pequeños pescadores.

Ángela, Sanz Ramos.

Enlace al informe completo: Aquí.

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