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Violencia contra la mujer

Por Carla Mª Dueñas Sanz.

 

En cumplimiento de la resolución 41/17 se presenta Reem Alsalem, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer. Lo que ella pretende con este informe es una búsqueda de soluciones, un análisis de la relación que existe entre la violencia contra las mujeres y niñas indígenas con otras violaciones de los derechos humanos que conciernen a los pueblos indígenas, además de generar la suficiente información a los Estados y a otras partes interesadas sobre las medidas necesarias para evitar y lidiar de forma efectiva este tipo de violencia en el ámbito de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos. 

La Relatora Especial hace referencia a la regulación de los derechos indígenas. Estos se encuentran protegidos indirectamente en la mayoría de los tratados y leyes constitucionales, pero es necesario que haya disposiciones específicas dentro de la legislación que regulen este tipo de violación en concreto para poder erradicar y prevenir asuntos de esta índole. Por ello, tiene que haber reformas políticas y jurídicas que se adapten a estos problemas de la actualidad, a las necesidades de las mujeres y niñas indígenas, que proporcionen las mismas oportunidades a todas ellas y asimismo, que establezcan una protección y un acceso más sencillo a la justicia.

Es recomendable que se produzcan políticas firmes con la intervención de mujeres indígenas como agentes de cambio en los procesos de toma de decisiones y en la creación de legislación porque esto genera que las mujeres de las diferentes comunidades indígenas confíen más en la justicia y en los mecanismos de apoyo y protección que se dan para ayudarlas. De esta manera se asegura el respeto hacia las lenguas y culturas de estos colectivos así como el cumplimiento eficiente de estas políticas. De hecho, con su cooperación y sus aportaciones se puede llegar a aprender conocimientos que contribuyen a mejorar los sistemas de apoyo y por ello, los Estados deben promover la asignación de fondos para su inclusión en los procesos que les afecten y la celebración de consultas con ellas.

Asimismo, es de gran importancia que los Estados deban actuar con una debida diligencia trabajando en la investigación de cada caso, dando a conocer los servicios que se ofrecen de ayuda y el modo de acceder a ellos, imponiendo un castigo a los autores de los hechos y garantizando una rehabilitación, una restitución y una reparación de los derechos violados con el fin de afianzar la paz, la justicia y la seguridad de las personas así como de prevenir que vuelvan a ocurrir los sucesos. 

Por último, decir que se debe tener en cuenta una recopilación de datos desglosados a nivel nacional señalando la edad, el origen étnico, el sexo, la relación entre el agresor y la víctima para orientar los procesos de elaboración de las nuevas políticas centradas en las víctimas y en los derechos humanos. 

Carla Mª Dueñas Sanz.

Enlace al informe completo: Aquí

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