Por Juan Garcia Salamanca
El informe A/HRC/62/34, elaborado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en cumplimiento de la resolución 58/22 del Consejo de Derechos Humanos, examina el impacto de las minas antipersona en el disfrute de todos los derechos humanos, con especial atención a los derechos económicos, sociales y culturales.
Al menos 58 Estados y territorios están contaminados por minas antipersona, y su localización exacta suele desconocerse debido a la ocultación deliberada, la degradación de los registros existentes y factores naturales como terremotos o tormentas que desplazan los artefactos con el paso del tiempo. La idea central del informe es que las minas antipersona mas allá de constituir un problema de seguridad, constituyen una vulneración continuada y transversal de derechos humanos que persiste durante décadas después de que un conflicto haya terminado. Esta idea es respaldada por la cifra de que entre 1999 y 2024 se registraron 165.724 víctimas de minas y restos explosivos de guerra, de las cuales aproximadamente el 90 % eran civiles, y el número de víctimas de minas antipersona fabricadas industrialmente se triplicó entre 2020 y 2024.
El infrome tambien muestra de manera critica que en el momento en que el consenso internacional contra las minas antipersona debería estar consolidándose, se observa un retroceso institucional preocupante. Por un lado, la Federación de Rusia ha llevado a cabo en Ucrania lo que el informe describe como el empleo más generalizado de minas antipersonade las últimas décadas. Por otro, cinco Estados Partes de la Convención de Ottawa —Estonia, Finlandia, Letonia, Lituania y Polonia— han iniciado su retirada del tratado, y la propia Ucrania ha notificado que no aplicará sus disposiciones invocando un cambio fundamental de circunstancias. El informe recuerda, sin embargo, que la Convención no contempla la suspensión y que su artículo 20 establece expresamente que las retiradas no surten efecto durante un conflicto armado, lo que sitúa a estos Estados en un terreno de ambigüedad jurídica que el documento no evita señalar.
El informe organiza el impacto de las minas antipersona en cuatro grandes bloques.
El primero tiene que ver con el daño directo: la privación de la vida y las lesiones físicas, con tres patrones de lesión documentados —amputación traumática de extremidades inferiores, lesiones por penetración de fragmentos y lesiones en extremidades superiores por manipulación—, además de pérdidas de visión y audición recurrentes en todos los perfiles de víctimas. Los niños representan más del 40 % de las víctimas civiles registradas entre 1999 y 2024, con tasas de mortalidad más altas cuanto menor es la edad de la víctima; un niño de diez años que sufre la amputación de una extremidad necesitará aproximadamente 25 prótesis a lo largo de su vida debido al crecimiento. Las mujeres, aunque minoritarias entre las víctimas directas, enfrentan barreras específicas de acceso a la atención sanitaria y mayor estigmatización social, y suelen asumir de forma desproporcionada las tareas de cuidado de las personas heridas.
El segundo bloque aborda la restricción del acceso a espacios físicos, que el informe presenta como una fuente de impactos interseccionales: la libertad de circulación, el acceso a asistencia humanitaria, la vivienda —cuando la colocación de minas en zonas residenciales provoca desplazamientos forzados— y, de forma particularmente documentada, la seguridad alimentaria. Un estudio sobre Angola citado en el informe encontró una correlación directa entre contaminación por minas y malnutrición infantil, y en Ucrania la contaminación deja inutilizable aproximadamente el 10 % de las tierras agrícolas más fértiles del mundo, lo que el Secretario General vincula directamente con la seguridad alimentaria global. El informe dedica también atención a los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes de Colombia, sobredimensionados entre las víctimas y afectados en su acceso a tierras ancestrales, y a comunidades nómadas y ganaderas, como las de la frontera entre Somalia y Etiopía, para quienes la movilidad espacial es condición de subsistencia.
El tercer bloque, más breve pero significativo por su novedad relativa dentro de este tipo de informes, examina los efectos ambientales: degradación de suelos, liberación de sustancias tóxicas en agua y tierra, muerte de fauna silvestre —incluidas especies protegidas— e incendios forestales derivados de explosiones.
Por último, el cuarto bloque conecta la contaminación con el derecho al desarrollo, y aquí el informe introduce un contraste revelador entre dos casos: un estudio sobre la República Democrática Popular Lao muestra una correlación entre retraso económico persistente y presencia histórica de municiones sin detonar, mientras que el caso de Mozambique —que pasó de estar gravemente contaminado a estar prácticamente libre de minas— documenta una asociación positiva entre la remoción de minas y el crecimiento de la actividad económica local, principalmente por el desbloqueo de redes de transporte. Este contraste sugiere que la presencia de minas antipersona no es solo un daño en sí misma, sino un obstáculo estructural al desarrollo que puede revertirse, aunque a un coste considerable: el Banco Mundial estimó en 2023 que la remoción de municiones explosivas en toda Ucrania costaría 37.600 millones de dólares.
Por otro lado, en la parte dedicada a las respuestas, el informe distingue tres frentes:
En el primer frente sobre la abstencion del empleo, producción y transferencia de minas de minas antipersona, aparece la tensión institucional más relevante del documento. Además del uso ruso en Ucrania y de las retiradas europeas de la Convención de Ottawa, el informe documenta que Myanmar emplea minas de forma generalizada tanto por parte de las fuerzas armadas como de grupos armados no estatales, y que actores armados no estatales continúan usando artefactos explosivos improvisados en Colombia, Yemen, el Sahel y la cuenca del lago Chad. También señala, en un ejercicio de evenhandedness poco habitual en este tipo de documentos, que Estados Unidos —no parte de la Convención pero con una política declarada de no fabricar ni usar minas salvo hacia la República de Corea— transfirió minas antipersona a Ucrania en 2024, y que Camboya y Tailandia, ambos Estados Parte de la Convención, se acusaron mutuamente en 2025 de emplear minas en su zona fronteriza tras un episodio de hostilidades.
En el segundo frente relativo a la protección frente a sus impactos, el informe advierte sobre una paradoja financiera: mientras las víctimas de minas fabricadas se triplicaron entre 2020 y 2024, las contribuciones al fondo fiduciario de las Naciones Unidas para la acción contra las minas cayeron de 125 a 46 millones de dólares en el mismo periodo aproximado.
Finalmente, en el frente de asistencia a las víctimas, el documento subraya la falta de datos desglosados por edad y género como un obstáculo recurrente para diseñar políticas eficaces, y reclama que la participación de los supervivientes —incluidos niños, mujeres, personas con discapacidad y pueblos indígenas— no se limite a la recopilación de información, sino que se extienda a todas las fases de la toma de decisiones.
En conclusión, el informe A/HRC/62/34 confirma que la contaminación por minas antipersona es, en los términos que utiliza el propio Alto Comisionado, simultáneamente un problema humanitario, de derechos humanos y de desarrollo. Su aportación más valiosa es la sistematización de cómo ese daño se propaga hacia derechos aparentemente alejados de la violencia directa y exponer, sin resolverla, la fragilidad del consenso internacional en el momento presente.
Enlace al informe completo: Aquí
Juan Garcia Salamanca



