Por Carla María Dueñas
Irene Khan, la Relatora Especial sobre la promoción y protección del derecho a la libertad de opinión y de expresión realiza este informe analizando los diferentes retos y amenazas que experimenta la era digital para los medios de comunicación ya que la tecnología digital ha alterado el periodismo y la libertad de prensa, lo que ha causado una serie de problemas.
Al respecto, la Relatora hace una serie de recomendaciones para poder llevar a cabo una mejor gestión sobre este tema. En primer lugar, sugiere traducir los compromisos en acción donde plantea que los Estados deben elaborar planes de acción nacional que respeten los derechos humanos y que estén adaptados a cuestiones en línea y fuera de línea para llegar a una situación de libertad, independencia y pluralismo con respecto a los medios de comunicación. Además, propone instaurar instrumentos de prevención y protección que garanticen la seguridad de los periodistas y que el Consejo de Derechos Humanos debe animar a los Estados a realizar un examen periódico universal y un examen nacional voluntario de los Objetivos de Desarrollo Sostenible para informar sobre el cumplimiento, los desafíos y las buenas prácticas relacionadas con la libertad de los medios de comunicación y la seguridad de los periodistas. También, los Estados deben disponer consultas de forma transparente con la sociedad civil y las organizaciones de los periodistas a la hora de la elaboración y evaluación del planteamiento de acciones nacionales.
En segundo lugar, establece que se debe armonizar leyes y políticas con el derecho internacional de los derechos humanos y que toda restricción a la libertad de expresión debe cumplir con los requisitos de legalidad, necesidad, proporcionalidad y finalidad legítima recogidos en el artículo 19.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Lamentablemente, los Gobiernos usan leyes que protegen la seguridad nacional, el orden público o la moral pública y censuran artículos periodísticos de investigación que critican sus políticas de gobierno. Así pues, el uso de la ley contra periodistas pone en peligro la libertad de los medios de comunicación y la censura de sus informaciones (las cuales tendrían que considerarse de interés público) se considera un control desproporcionado. Los Estados deben asegurar de que la legislación sobre los medios de comunicación protege la independencia, la libertad editorial y la diversidad de contenidos.
En tercer lugar, recomienda despenalizar la difamación y leyes similares sobre todo aquellas que penalizan las críticas a instituciones y funcionarios del Estado. De no ser de esa manera, se estaría dañando el sistema democrático y la participación pública.
En cuarto lugar, se debe fortalecer el Estado de Derecho para ejercer un periodismo sin ataduras y seguro. Los Estados deben reforzar las capacidades del poder judicial, de las instituciones nacionales y legisladores para defender los derechos humanos.Mundialmente, la UNESCO, al respecto, apoya el desarrollo de capacidades a nivel judicial y de la realización de directrices sobre el enjuiciamiento de este tipo de crímenes.
En quinto lugar, desea detener la instrumentalización de los tribunales en contra de los periodistas. Se busca el apoyo legal a las víctimas y la sanción de los pleitos estratégicos contra la participación pública.
En sexto lugar, defiende la idea de poner fin a la impunidad de los crímenes contra periodistas porque muchas veces los autores de los hechos no son llevados a la justicia. Defiende también la protección a mujeres periodistas de la violencia de género en internet y la prohibición de la vigilancia digital selectiva de periodistas conprocedimientos especiales, enjuiciamientos e investigaciones de esas agresiones de una forma exhaustiva, rápida, imparcial y eficaz y con mecanismos de protección y prevención en consulta con la sociedad civil, medios de comunicación y periodistas para reducir riesgos de toda clase tales como agresiones físicas, secuestros, asesinatos, ejecuciones extrajudiciales, vigilancia espía dañando la confiabilidad de las fuentes periodísticas, ataques digitales u operaciones de desinformación viral para desprestigiar el periodismo, etc. Un buen ejemplo, a nivel regional, como instrumento de alerta temprana y respuesta rápida sería la Plataforma para la Protección del Periodismo y la Seguridad de los Periodistas del Consejo de Europa.
En séptimo lugar, sugiere respetar los principios rectores sobre las empresas y los Derechos Humanos y garantizar la independencia, el pluralismo y la viabilidad de los medios de comunicación donde los gobiernos tienen que suscitar la viabilidad económica de los medios de comunicación respetando su autonomía y libertad profesional, es decir, sin comprometer su independencia editorial, fomentando así un ambiente democrático y neutral.
Por último, en octavo lugar, recomienda el fomento de la resiliencia en la sociedad y el refuerzo de cooperación entre las partes interesadas puesto que es necesario que la ciudadanía tenga unos mínimos conocimientos sobre la alfabetización mediática e informacional para poder diferenciar las fuentes fidedignas de las que no son verídicamente fiables. Por ello, se pide a la UNESCO y a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que creen un grupo consultivo en el marco del Plan de Acción de las Naciones Unidas sobre la Seguridad de los Periodistas y la Cuestión de la Impunidad, que conceda la colaboración de coaliciones estatales, de la sociedad civil, de las empresas digitales y de los medios para llevar a cabo mejoras en el Plan.
Carla María Dueñas
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