
Por Adrián Avilés Cabanilla
El informe de la Relatora Especial, Margaret Satterthwaite, sobre la independencia de magistrados y abogados. Aborda un tema central para los pueblos indígenas, el derecho a mantener, reforzar y desarrollar sus propios sistemas de justicia como manifestación de su autonomía y libre determinación.
El Informe destaca que estos sistemas son esenciales para la gobernanza comunitaria, la resolución de conflictos y la resiliencia cultural, pero denuncia que en muchos Estados persisten graves obstáculos al reconocimiento pleno. Como la negación de la existencia de los pueblos indígenas, las limitaciones formales o informales a sus sistemas de justicia, incluso cuando tienen reconocimiento oficial, y la falta de adaptación de los sistemas ordinarios a las necesidades culturales indígenas.
El informe contextualiza estas dificultades en la historia colonial, recordando que el derecho estatal fue utilizado como herramienta de despojo, dominación y asimilación forzada. Este legado persiste en la sobrerrepresentación de personas indígenas en las cárceles, las altas tasas de criminalización y la discriminación en procesos judiciales, donde la falta de traducción o la imposición de concepciones occidentales de justicia los deja en situación de desventaja.
Por esta razón, la Relatora subraya el valor de los modelos pluralistas, en los que los sistemas indígenas y ordinarios coexisten en un marco de coordinación y respeto mutuo. De esta forma reconocer la validez de las decisiones indígenas y evitar la criminalización de sus autoridades son pasos imprescindibles para garantizar una verdadera igualdad en el acceso a la justicia.
Más allá de la dimensión cultural, este reconocimiento tiene una función estructural en el derecho internacional de los derechos humanos, donde constituye una garantía frente a la marginación sistemática y un requisito para la materialización del derecho a la libre determinación. De manera que el informe plantea que no se trata de tolerar prácticas locales, sino de reconocer un derecho jurídico pleno, cuyo ejercicio fortalece tanto a los pueblos indígenas como al sistema internacional en su conjunto.
Enlace al informe completo: Aquí
Adrián Avilés Cabanilla