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EL PAPEL CENTRAL DEL ESTADO EN LA RESPUESTA A PANDEMIAS Y OTRAS EMERGENCIAS SANITARIAS

Por María Lorenzo Aguilar

 

De conformidad con la resolución 44/2 del Consejo de Derechos Humanos la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos realiza una evaluación de las necesidades de los países en desarrollo, para apoyar sus esfuerzos de promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales al enfrentarse a pandemias y otras emergencias sanitarias, y a sus consecuencias socioeconómicas, fomentar el desarrollo sostenible y dar efectividad a todos los derechos humanos.

El 11 de marzo de 2020 la OMS declaró la enfermedad del COVID pandemia. Los estados reaccionaron con diversas medidas, especialmente, restringiendo la circulación y las reuniones sociales. Otras medidas fueron muy drásticas y, actualmente, se ha reflejado en un aumento de privatizaciones, una mayor desigualdad económica y social y una vulneración de los derechos económicos, sociales y culturales.

Las consecuencias de las medidas mencionadas se traducen en una restricción de derechos humanos, en silenciar a los sanitarios, a los medios de comunicación, a los periodistas y activistas de derechos humanos, y en la privación a la sociedad de información esencial. La falta de información y de datos sanitarios, económicos y sociales ha producido un aumento de problemas a la hora de evaluar y dar soluciones, por ello, se insta a los estados a que recopilen y analicen datos completos y de calidad, llevar a cabo buenas políticas y poder detectar las desigualdades y el origen de estas.

Respecto al derecho de la salud, los estados tienen la obligación de garantizar unos niveles mínimos de salud, de rendir cuentas, escuchar a los interesados, permitir su participación, y cumplir con cuatro elementos básicos: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad. En 2020 se observó que el 56% de la población rural mundial carecía de cobertura sanitaria, el 93% de los países suspendieron servicios esenciales en salud mental, y otros servicios de salud esenciales se limitaron o no tuvieron cobertura por dar prioridad al COVID. Las condiciones de los sanitarios empeoraron, al no tener los medios de protección necesarios, al obligarlos a trabajar durante jornadas muy largas, y al verse obligados a tomar decisiones extremadamente duras, ocasionándoles un estrés psicológico extremo.

Muchos países han tenido que promulgar legislación de emergencia, esto ha conllevado a que los ciudadanos no hayan podido hacer aportaciones y exigir cuentas a los gobiernos. Además, no podemos olvidar la exclusión que han sufrido las mujeres en la elaboración de políticas que las afectan y su intervención en la toma de decisiones en relación con el COVID-19, lo cual supone aprobar políticas no adecuadas a sus consecuencias sociales y económicas. También los grupos minoritarios y las poblaciones marginadas han sido excluidas, limitándolas al acceso de atención médica y de protección social y convirtiéndolas en víctimas de discursos de odio, violencia y discriminación. Por lo tanto, se ha producido una retroalimentación en la pobreza, la discriminación estructural, la marginación social y las privaciones económicas, la discriminación sistémica, la invisibilidad institucional y el racismo estructural.

Por lo tanto, si anteriormente los gobiernos vulneraban las garantías democráticas esenciales, en el nuevo panorama sociopolítico se ha incrementado. En muchos países, ni siquiera han existido obstáculos para impedirlo, ya que hay países que carecen de supervisión judicial o legislativo. Esto ha permitido encubrir casos de represión, tortura y asesinatos.

Las repercusiones socioeconómicas que estamos viviendo son especialmente preocupantes, sobre todo, en aquellos países con bajos ingresos. Gran parte de estos territorios se encuentran endeudados o corren el riego de estarlo, y se han visto obligados a elegir entre ofrecer unos servicios básicos a su población o pagar sus deudas, lo cual ha producido un retroceso en el desarrollo y en la economía del país.

Enlace al informe completo: https://undocs.org/A/HRC/47/23

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